Cronología crítica de la Casa Boyl
Esta cronología separa las fechas documentales de las tradiciones genealógicas y de las copias posteriores. Las entradas no implican automáticamente una filiación continua entre todos los individuos mencionados.
Esta cronología separa las fechas documentales de las tradiciones genealógicas y de las copias posteriores. Las entradas no implican automáticamente una filiación continua entre todos los individuos mencionados.
Acto atribuido a 1057, conocido a través del Libro Gótico y de un traslado notarial del siglo XIV conservado en AHN, carpeta 699, n. 13. Prueba una familia libre arraigada en Buil, no una genealogía continua hasta los Boyl posteriores.
En 1246 aparece el indicio relativo a Oria de Boïl; en 1279 ACA, Registro 41, f. 65 documenta a Ferrer de Boil y Andrés de Serracello en el procedimiento de infanzonía. El resultado final del proceso de 1279 sigue pendiente.
Un acto relativo a Pere Boïl declara una descendencia masculina de estirpe militar, sin proporcionar en el pasaje una genealogía completa.
6 de mayo: privilegio citado por Ferrando en ACA, Registro 913, f. 23r. 22 de mayo: investidura en Cullera. 19 de agosto: carta posteriormente recordada en el documento de 1384. El expediente de Pontifigar se transmite por separado en Real Justicia 801.
ACA, Registro 1484, f. 77v recuerda el origen de los predecesores en el lugar de Boïl y la procedencia aragonesa de la familia.
Vico registra el privilegio de 1420 a Nicolás Abellá, la venta de 1446 a Gilisbert Ferrer y la de 1451 a Juan Boil de Alghero.
Sentencia real vinculada a Manises y Bétera: AHNOB, VILLAGONZALO, C.7, D.60; segundo testimonio señalado en Sueca, Fons Boïl de la Scala, perg. 146.
Las fuentes siguen la línea sarda entre Boyl, Sussarello y la rama Pilo, con el uso de los apellidos que debe verificarse persona por persona. En 1758 se certifica documentación relativa a Putifigari; en 1763 Real Justicia 805 conserva una copia del privilegio de Boïl.
Cronología de orientación: cada entrada remite a las páginas históricas y a los documentos correspondientes. Las fechas no se utilizan por sí solas para crear filiaciones ausentes.